La Inspección Técnica de Edificaciones o inspección técnica los edificios; más conocida por sus siglas ITE, es un control técnico al que deben someterse cada cierto tiempo los edificios.

La ITE es un tipo de mantenimiento legal preventivo, por el cual se somete periódicamente a los edificios a la revisión de una serie de elementos que afectan a la seguridad del inmueble y de las personas que lo habitan. Las ITE vienen reguladas por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio y por las distintas Ordenanzas Municipales, que determinan las condiciones para las inspecciones.

Dependiendo de las normativas locales, pueden ser susceptibles de revisión distintos elementos del inmueble, destacando:

  • Cimentación y estructura.
  • Fachadas y medianeras.
  • Estanqueidad y cubiertas.
  • Instalaciones.
  • Otros elementos que afecten a la seguridad, salubridad u ornato público.
  • El resultado de la inspección será favorable cuando el edificio o construcción reúna las siguientes condiciones:

    • Seguridad, para que no implique riesgo para las personas y bienes. Asimismo, deberán ser reparadas las fachadas (interiores, exteriores y medianeras) y otros elementos cuyo estado suponga un riesgo para la seguridad de las personas, tales como chimeneas, falsos techos, cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales o de acabado.
    • Salubridad, de forma que no atente contra la higiene y la salud pública, por lo que se deberán realizar las obras necesarias para que no se produzcan filtraciones de agua a través de la fachada, cubierta o del terreno, y se deberá mantener en buen estado de funcionamiento las redes generales de fontanería y saneamiento.
    • Ornato público y decoro, de modo que la fachada de los edificios y construcciones no afecte a la imagen urbana.